Declaración de Lakshmi Puri, Directora Ejecutiva Adjunta, ONU Mujeres en el evento paralelo del Consejo de Europa: “Violencia contra las mujeres: nuestra preocupación, nuestra respuesta”

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Declaración de Lakshmi Puri, Directora Ejecutiva Adjunta, ONU Mujeres en un evento paralelo del Consejo de Europa: “Violencia contra las mujeres: nuestra preocupación, nuestra respuesta”

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Excelencias, señoras y señores:

Buenas tardes y gracias por invitar a ONU Mujeres a este importante evento. Es un placer para mí estar aquí con las distinguidas y los distinguidos representantes del Comité de Ministros y de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa y con la Sra. Vallaud-Belkacem, Ministra de los Derechos de la Mujer de Francia, quienes defienden la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, y también son fervientes defensoras y defensores de ONU Mujeres.

Hoy ya hemos oído hablar acerca de la importancia de la Convención de Estambul y del rol que tiene para fortalecer el marco normativo internacional con el propósito de eliminar la violencia contra las mujeres. En ONU Mujeres creemos que la Convención de Estambul es una adición importante al cuerpo creciente de normas y estándares de todo el mundo. Hemos estado trabajando estrechamente con el Consejo de Europa para destacar el valor de esta Convención y alentar a otras partes a firmarla, incluyendo a los que no son miembros del Consejo de Europa.

La Convención de Estambul complementa las normas legales existentes y amplía el marco internacional en materia de igualdad de género y de empoderamiento de las mujeres. Es un “estándar de oro” y, por cierto, primus inter pares entre los instrumentos que atienden específicamente la eliminación de la violencia contra las mujeres. Europa cuenta ahora con una convención fuerte, jurídicamente vinculante, que establece directivas y compromisos claros sobre la prevención, protección, proceso judicial y respuesta ante la violencia contra las mujeres, especialmente en el área de la violencia doméstica.

Una serie de otros acuerdos regionales se ha ocupado directa o indirectamente de la violencia contra las mujeres. Aquí incluimos las declaraciones como la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra las mujeres de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático; y las diversas cartas y protocolos, como la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, que se ocupa de los derechos de las mujeres en África, y el Protocolo de Maputo, que son dos convenciones propiamente dichas. Sin embargo, hasta la fecha hay sólo dos convenciones sobre la eliminación de la violencia contra las mujeres: la Convención de Belém do Pará, adoptada en 1994 por la Organización de los Estados Americanos, y la Convención de Estambul.

Además de representar los marcos jurídicos necesarios para poner fin a la violencia contra las mujeres, estos documentos tienen una importancia simbólica. Cada nuevo acuerdo establecido entre Estados soberanos que reafirme los derechos humanos inviolables de las mujeres hace inclinar la balanza hacia un cambio positivo. Las convenciones consolidan y reflejan un creciente consenso global en el movimiento de eliminación de la violencia contra las mujeres y ayuda a atender las relaciones desiguales de poder subyacentes entre las mujeres y los hombres. Juntos, estos textos constituyen un cuerpo poderoso de normas y estándares mundiales y regionales que se integran en las leyes, políticas y acciones nacionales y locales.

La Convención de Estambul se apoya en el importante trabajo llevado a cabo en distintos foros, inclusive en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, complementada por la Recomendación General 19 del Comité de la CEDAW, la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra las mujeres, y la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.

Reunidas y reunidos hoy aquí dentro del marco de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer de la ONU (CSW) ¿qué podemos aprender de la Convención de Estambul para fundamentar nuestros esfuerzos? ¿Qué elementos de la Convención nos gustaría ver como parte de un resultado progresista y de cara al futuro de la CSW plasmado en sus Conclusiones Acordadas?

Hay muchos aspectos importantes de la Convención que pueden ser estudiados, pero permítanme hablar de algunos que van más allá de la necesidad de prevenir, proteger, inclusive de suministrar servicios, y del proceso judicial, que como ya sabemos forman parte de una respuesta integral a todas las formas de violencia contra la mujer.

En primer lugar, la Convención establece la relación crucial entre la eliminación de la violencia contra las mujeres y el logro de la igualdad de género y de la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres. No hay duda que el goce del derecho a vivir libre de violencia está relacionado con la capacidad de las mujeres de ejercer y gozar plenamente de todos los derechos y libertades civiles, políticos, económicos, sociales y culturales que les incumben. Esto es fundamental para atender las causas al origen de la violencia. La violencia hacia la mujer no se da en un vacío, sino que está intrínsecamente relacionada con las múltiples formas de discriminación de género en las esferas política, económica y social. Esto es especialmente importante en la prevención, que no trata únicamente de campañas de concientización. Tiene que haber un verdadero sistema de políticas y deben establecerse las relaciones con otras políticas de género para que la prevención sea eficaz.

En segundo lugar, la Convención pone un énfasis especial en la importancia de la prevención temprana, que también es por lo que aboga ONU Mujeres. El mejor modo de poner fin a la violencia es previniéndola. Para ello necesitamos más campañas de concientización y también programas educativos que enseñen los derechos humanos, la igualdad y el respeto mutuo. Se necesita medidas para cambiar los modelos de comportamiento existentes de las mujeres y de los hombres basados en los prejuicios, los estereotipos de género y las normas sociales que perpetúan o consienten la violencia contra las mujeres. Esto incluye igualmente ocuparse de los modelos estrechos de masculinidad y la necesidad de trabajar con y no sólo para los hombres y los niños, de modo de que se pronuncien en contra de la violencia hacia las mujeres y cambien fundamentalmente las relaciones entre los sexos.

Este enfoque está reconocido en la Convención y debe mantenerse en las Conclusiones Acordadas de la CSW. La reafirmación de que la cultura, los hábitos, la religión y la tradición o el llamado “honor” no pueden ser usados para justificar ningún acto de violencia está relacionada con este punto. Esto queda claro en la CEDAW, en Beijing y en la Convención de Estambul, y debe quedar claro igualmente en las Conclusiones Acordadas de esta sesión de la CSW.

Señoras y señores:

Antes de terminar quisiera hablar de la enorme brecha entre los compromisos y las acciones. A pesar del importante cuerpo de normas y estándares, siete de cada 10 mujeres serán víctimas de violencia física o sexual a manos de un compañero íntimo durante sus vidas. Hay 603 millones de mujeres que viven en países donde la violencia doméstica no está tipificada de delito. Una de cada tres niñas de los países en desarrollo tiene probabilidades de ser desposada durante la niñez. Es, pues, momento de pasar a la acción.

Junto a otras normas y estándares, la Convención es instrumental para acelerar la implementación porque pone énfasis en la debida diligencia de los Estados a la hora de prevenir y responder a la violencia contra las mujeres. Esto envía también un mensaje claro que contradice la percepción de larga data de que la violencia hacia las mujeres es un asunto privado. Es, por el contrario, un asunto que requiere el compromiso y la acción al más alto nivel político y a todos los niveles del Estado.

Además, los mecanismos de información y seguimiento definidos en la Convención, como lo son igualmente en la CEDAW, son esenciales para producir los cambios necesarios en las leyes, las políticas y los programas. Lo hemos visto con la Convención de Belém do Pará, cuyos mecanismos son importantes incentivos para implementarla.

Permítanme entonces terminar con un llamado a la acción. En primer lugar, más gobiernos deben ratificar la Convención de Estambul: es una pena que a casi dos años desde su concepción, sólo tres países la hayan ratificado. En segundo lugar, quiero exhortar a poner más énfasis en su implementación. Debemos subsanar la brecha entre los compromisos y la realidad actual caracterizada por una violencia generalizada contra las mujeres en todos los países. Finalmente, quisiera pedir que se llegue a un resultado progresista en la CSW. Es una oportunidad que no nos podemos perder. Debemos llegar a conclusiones que sean osadas, orientadas al futuro y posibles de poner en práctica. Contamos con todos los Estados Miembros para que así lo hagan.

Muchas gracias.